Las constituciones tradicionales regularmente no contemplaban aspectos tan específicos de orden económico; no obstante, es indudable el reconocer que dentro de toda Constitución existe influencia económica tanto en las políticas públicas del Estado como en las cuestiones sociales.
La Constitución Económica es el conjunto de normas, principios y valores que, una vez incorporados a la Constitución formal, guardan relación con la economía y son aplicables a la actividad y a las relaciones económico-financieras.
En la Constitución Económica vigente del Perú, los principales aspectos que rigen la parte económica son los siguientes: libertad de la iniciativa privada, la creación de riqueza y la garantía de la libertad de trabajo, de empresa, comercio e industria, existencia de diversas formas de propiedad y de empresa, apoyo a la libre competencia y combate a prácticas monopólicas, mismas condiciones tanto para la inversión nacional como para la extranjera y por último la garantía por parte del Estado para el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad de la población.
Zyanya Ameyallí González Hernández